¿Qué debo hacer si no he cumplido los requisitos para obtener la pensión de vejez y no he podido seguir cotizando?
Qué hacer ?
1. Inicialmente, presente la solicitud de la indemnización sustitutiva o devolución de saldos al fondo de pensiones privado o a Colpensiones (en el caso de Colpensiones descargue el Formulario Único de Solicitudes Prestacionales.
Otros documentos que deberá adjuntar los puede encontrar.
2. Luego de radicar los documentos en las oficinas de su fondo de pensiones privados o en las oficinas de Colpensiones, estos serán evaluados y analizados y ellos decidirán si usted cumple con los requisitos para ser beneficiario de la indemnización sustitutiva o la devolución de saldos. De ser así, le indicarán el monto y las características.
3. Si su solicitud es rechazada o no está de acuerdo con el monto a recibir, usted puede:
• En el fondo privado: presentar una reclamación explicando el por qué considera la decisión errónea. El fondo revisará la reclamación y hará los ajustes pertinentes de ser necesario.
• En el fondo público: usted puede presentar un recurso de reposición y/o apelación dentro de los 10 días hábiles siguientes al rechazo de la solicitud, explicando por qué considera que la decisión fue errónea.
Alternativas
¿Qué debe hacer?
• En caso de que la solicitud ante el Fondo de Pensiones Privado o Colpensiones sea negada, o se presenten inconformidades con el monto entregado por la entidad, usted podrá acudir a los siguientes jueces mediante una demanda para que, de manera definitiva, resuelvan el conflicto y decidan si el interesado tiene derecho al reconocimiento de la indemnización sustitutiva o devolución de saldos que solicita:
- Juez laboral
- En caso de que en su municipio no haya juez laboral, la demanda deberá presentarse ante el juez civil del circuito.
- Si el valor de lo que reclama no supera los 20 salarios mínimos, la demanda se puede presentar ante el juez de pequeñas causas, si existe en su municipio.
• Usted también podrá presentar ante cualquier juez una Acción de Tutela para que le sea reconocida la pensión y se ordene el pago correspondiente previo a presentar el trámite ante el fondo de pensiones.
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