Qué hacer?
1. Si los esposos, actúan de mutuo acuerdo, el divorcio podrá tramitarse ante la Notaría que escojan los interesados, quienes deberán otorgar poder a un abogado para que realice la solicitud de divorcio. 2. Recibida la solicitud, el Notario la estudiará y si encuentra reunidos los requisitos legales se pronunciará acerca de la cesación de los efectos civiles del matrimonio y sobre la liquidación de la sociedad conyugal, si es que la hay, enunciando mediante escritura pública los bienes que corresponde a cada uno, según sea el caso. 3. El Notario comunicará acerca de la escritura pública para que se haga la debida inscripción en el Registro del Estado Civil de Nacimiento cada una de las personas.
¿El trámite tiene costo? Sí Las notarías cobran unas tarifas por sus servicios.
¿Necesita abogado? Sí
Tenga en Cuenta
Para el trámite de divorcio ante Notaría, las partes deben llevar los siguientes documentos:
- Los nombres, apellidos, documento de identidad, edad y residencia de los cónyuges.
- El acuerdo firmado por las partes manifestando la voluntad de divorciarse o de que cesen los efectos civiles del matrimonio religioso.
- Copias o certificados de los registros civiles de nacimiento y matrimonio de los cónyuges, y habiendo hijos menores, las copias o los certificados de los registros civiles de nacimiento estos.
- Inventario de bienes (documento donde se enuncie las propiedades de los
cónyuges).
- El poder al abogado para que lleve a término el divorcio.
Es importante reiterar que el trámite del divorcio ante notaria solo se puede hacer cuando la pareja está plenamente de acuerdo.
• Con el simple hecho del matrimonio, se forma una comunidad de bienes entre los esposos, llamada “sociedad conyugal” en la cual se tiene como regla general que todo lo que se compre en vigencia del matrimonio pertenece a ambos, en partes iguales.
• La solicitud de divorcio deberá referirse también sobre el estado en que se encuentra la sociedad conyugal; y se informará sobre la existencia de hijos menores de edad.
• Si hay hijos menores de edad, el Notario le notificará al Defensor de Familia para que emita su concepto dentro de los 15 días siguientes. De no pronunciarse se dejará constancia de esto y se procederá a la escritura pública.
• El trámite de divorcio es importante realizarlo sobre todo cuando existan bienes en la sociedad conyugal, de esta forma cada cónyuge tendrá su patrimonio propio.
• Para volver a contraer matrimonio debe haberse hecho primero el divorcio del matrimonio anterior.
• Las herencias y bienes adquiridos antes del matrimonio no entran al haber conyugal. De suerte que dichas propiedades, pertenecen exclusivamente al dueño y no a ambos cónyuges.
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